Presentar una Queja o Denuncia.
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QUEJA:Cuando los hechos planteados por el usuario correspondan efectivamente a una violación de derechos humanos por parte de un servidor publico, la Comisión levantara la queja correspondiente identificando a la autoridad responsable, calificando el hecho violatorio y una vez tramitado el asunto concluirlo, ya que sea porque se llego a una solución entre las partes o emitiendo una Recomendación a la Autoridad señalada como correspondiente.
GESTIÓN:Mediante este tramite la Comisión busca la solución de manera inmediata entre el usuario y la autoridad señalada como responsable, esto se logra a través de la apertura de un expediente donde constataran todas las actuaciones que se hagan para llegar a un acurdo satisfactorio entre ambas partes, mediante la solicitud de informes que se le haga a la autoridad y su respuesta.
CANALIZACIÓN: Se refiere a que cuando el asunto planteado a la Comisión no sea competencia de la misma, esta puede encauzar la situación a la instancia u organismo encargado de darle trámite. Se informara de lo anterior al usuario y se le brindara la orientación necesaria
¿COMO SE PRESENTA UNA QUEJA ANTE LA CEDH?
La CEDH conoce de las quejas relacionadas con presuntas violaciones a Derechos Humanos cuando éstas las realicen autoridades o servidores públicos de la administración estatal o municipal, por acción o por omisión.
VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS Es cuando una autoridad abusa de su poder negando o amenazando con negar los derechos de las personas, incluso cuando no respeta esos derechos o no los hace respetar.
OBLIGACIONES DEL ESTADO ATRAVES DE SUS AUTORIDADES obligaciones de respetar, proteger garantizar y promover los derechos humanos de cada persona.
QUIENES PUEDEN PRESENTARLA:
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Toda persona que sea víctima o que tenga conocimiento de alguna violación a los derechos humanos de otra persona, sin importar nacionalidad, edad, sexo, ideología o situación económica.
Si se demuestra una violación no grave, la Comisión esta facultada para promover la conciliación entre el quejoso o el denunciante y la autoridad, siempre con la voluntad de ambas partes.
Tratándose de un asunto del que no pueda conocer este Organismo, se orientará y canalizará a la instancia que pueda atender y dar solución al problema que se plantee.
COMO PRESENTARLA:
* Puede acudir directamente o por medio de representante ante las oficinas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Lada sin costo: 01800 2639 955 buzonquejas@cedhsp.org.mx
EL PROCEDIMIENTO DE QUEJA:
...Y después, ¿qué sucede?
Si concluida la investigación que realice la CEDH se acredita que la autoridad señalada como responsable en la queja, violo derechos humanos y no se llego a ninguna solución, se emitirá una “recomendación”, la cuál propone medidas para el respeto y protección de los Derechos Humanos.
HORARIO DE ATENCIÓN:
En que casos no interviene la CEDH:
LOS SERVICIOS QUE OFRECE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS SON GRATUITOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 8 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LA CEDH.
En caso de requerir información adicional para la presentación de una queja, le sugerimos dirigirse a las oficinas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Ubicada en Mariano Otero 685 Col. Tequisquiapam C.P. 78250, o comunicarse al teléfono Lada sin costo: 01800 2639 955 o a los teléfonos convencionales (444) 811 10 16 - 811 51 15 - 811 47 10 o contáctenos por buzonquejas@cedhsp.org.mx
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