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Dirección de Equidad y No-Discriminación

ARTICULO 75. La Dirección de Equidad y No-Discriminación estará encargada de la atención primaria de los usuarios de la Comisión, y cuenta con las siguientes atribuciones:

I. En coordinación con la Dirección de Educación y Capacitación, impartir cursos y seminarios que promuevan la igualdad de oportunidades;

II. En coordinación con la Dirección de Educación y Capacitación, emitir alertas respecto de problemas graves de discriminación que detecte en la sociedad, y

III. En coordinación con la Dirección de Educación y Capacitación, preparar investigaciones en materia de No- Discriminación.

Actualizado al 30 de Abril 2012