Dirección de Equidad y No-Discriminación
ARTICULO 75. La Dirección de Equidad y No-Discriminación estará encargada de la atención primaria de los usuarios de la Comisión, y cuenta con las siguientes atribuciones:
I. En coordinación con la Dirección de Educación y Capacitación, impartir cursos y seminarios que promuevan la igualdad de oportunidades;
II. En coordinación con la Dirección de Educación y Capacitación, emitir alertas respecto de problemas graves de discriminación que detecte en la sociedad, y
III. En coordinación con la Dirección de Educación y Capacitación, preparar investigaciones en materia de No- Discriminación.
Actualizado al 30 de Abril 2012 |